lunes, 4 de junio de 2012

QUEMAS CONTROLADAS


Ante una solicitud realizada por un anónimo, pensamos que desde Sanxenxo, hace unas semanas (le pedimos perdón por el retraso), pasamos a informar sobre el tema de las quemas agrícolas y forestales.
Estas son las líneas generales sobre las únicas quemas  que se están autorizando, se debe hacer saber si el suelo sobre el que se pretende realizarla es urbano o cualquier otro. De no hacerlo el trabajador de la Consellería podría  dar una autorización que no tendría validez alguna, 

 Quemas de restos agrícolas.-
Para la utilización de fuego para la realización de quemas de residuos agrícolas es obligatorio realizar la comunicación de quema a la Autoridad competente, así como adoptar las medidas de seguridad.
- Zonas no urbanas: Consellería de Medio Rural
  Procedimiento:
         Por teléfono: 012
            Por Internet: http://mediorural.xunta.es/queimasweb
No se puede quemar en la época de máximo peligro de incendios, comprendida del 15 de junio al 30 de septiembre y cuando debido a las incidencias meteorológicas así se indique.
La comunicación de quema tiene una vigencia de siete días, a partir de dos días del momento en el que se realizo la comunicación.
Medidas de seguridad:
1.      No quemar si hace viento.
2.      La quema se realiza durante el día, se apagara dos horas antes de meterse el sol y si se levanta viento.
3.      Limpiar alrededor de la hoguera un perímetro de al menos 5 metros.
4.      No dejar solo el fuego y mejor acompañado por otra persona.
5.      Asegurarse que el fuego quede bien apagado.
6.      Llevar el DNI, teléfono móvil y número de comunicación de quema.
- Zonas urbanas: autorización municipal, no se suelen autorizar dichas quemas, por lo que en caso de necesidad deben ser transportados a lugar autorizado.

Quemas de restos forestales.-
Lugar de solicitud:
- oficinas provinciales del Servicio de Defensa contra Incendios Forestales
- oficinas de distritos forestales
- lugares habilitados a tal efecto (el más próximo: Concello de Meaño, consultar día y hora: 986747102).

Esperando haber dado una respuesta suficiente.
Desde VIPS.   Un saludo







7 comentarios:

Anónimo dijo...

Graciñas, ahora xa sei e entendo o por de que o meu veciño na zoa de fontoira, estába a queimar, a se lle prohibeu dende o goberno municipal. Graciñas de novo pois enferruxábanos todas as vivendas.

Anónimo dijo...

Pois eu penso que os permisos que da a Conselleria da Xunta tamén valen para o chan urban. Tamén e verdade que solo o digo por intuición pois vivo no rural.

Anónimo dijo...

¿Fue a un vecino o a una empresa?

PH: neutro dijo...

Para que quieres saber si era una persona o una empresa.Que mas te dará, o es que tienes necesidad de saberlo, espero que la pregunta no tenga contestación por parte del autor del blog.
Puma, en la prensa decia que dareis una charla para explicar el tema de las fuentes. Es de agradecer pues estos dias escuche a una persona )concejal)la) decir unas burradas que cuando se marchó nos echamos a reir. Puedes colgar un comentario sobre el tema.
PH: neutro

Anónimo dijo...

Me da la sensación que con llevar las normas al literal de las palabras que contienen, llegaremos sin duda a la estupidez. Hay infinidad de suelos "urbanos" en el pxom de sanxenxo que precisamente no se pueden urbanizar (falta de acceso, alcantarillado, agua de la red, etc.)...y hablo de ordenanzas 8 y 12 por ejemplo. Dándose la casualidad que esos entornos son rurales 100%. Luego vendrán las sentencias para rebajarnos el exceso de celo que nos ha dado últimamente en este pueblo. Eso sí: según para que casos. En otros se adapta y se readapta si hace falta la normativa en cuestión. Mal vamos y peor nos encontraremos por ese camino.

Desde Dadin dijo...

Hola, José Luis; por-favor me podrias decir, cuales son realmente los restos agricolas, que se pueden quemar.Quiero salir de dudas, es que tengo un vecino, tambien, que nos ahuma todo y menudo olor... Graciñas.
Un saludo

Cañoto da col dijo...

E lojo, e tan dificil saber que se refire os restos dos traballos de agricultura coma as ramas das patatas, podas das viñas, millo, hervas e mais todo aquilo que produce o campo, a orta, de orixen. vexetal,ou sexa que se refire a todo aquelo que produce o agricultor.